En esto días, la Corte Constitucional emitió un fallo que aprobó el matrimonio igualitario y exhortó a la Asamblea Nacional a adaptar la legislación a la sentencia judicial. El contenido de esta decisión es válida, pero la forma en que se operó la aprobación del matrimonio igualitario suscita cuestionamientos basados en la legitimidad democrática.
Las sociedades se van transformando y generan nuevas normas para la convivencia, producto de luchas sociales y giros conceptuales. La historia está repleta de cambios normativos en temas de regulación de la familia y la sexualidad. En Ecuador, el divorcio y el matrimonio civil redefinieron radicalmente el vínculo matrimonial a principios del siglo XX. Lo que sorprende en el caso del matrimonio igualitario en Ecuador es que una transformación de la definición del matrimonio se haya producido en un país en que una clara mayoría está en contra de la reforma. ¿Cómo ocurrió ello? ¿Y tiene legitimidad democrática una reforma social realizada vía decisión judicial?
La encuesta periódica sobre cultura política en América Latina, Lapop, indica que en 2016-2017 alrededor de 30% de los encuestados en Ecuador aprobaban el matrimonio igualitario. Ello contrasta con 76% en Uruguay o 56% en Brasil, países que hace pocos años instauraron el matrimonio igualitario. Con un porcentaje tan bajo a favor en Ecuador, la única forma en que se iba a aprobar el matrimonio igualitario en Ecuador era por la vía judicial. Con un fallo de cinco votos a favor y cuatro en contra, la Corte Constitucional reconfiguró la institución del matrimonio en el país.
Ecuador no es el único Estado en que el matrimonio igualitario fue aprobado mediante decisiones judiciales de la Corte Constitucional. Lo mismo ocurrió en Colombia en 2016, donde alrededor de 30% de los encuestados estaban de acuerdo con esta reforma. Tanto en Ecuador como en Colombia el razonamiento jurídico esgrimió la tesis de la no discriminación ante la ley. Los derechos que se otorgaban a los heterosexuales, como es lógico, no se podían negar a los homosexuales. Así en ambos países, la modificación del matrimonio se debió a la combinación de un activismo judicial sumado a un minimalismo moral. Las Cortes Constitucionales tomaron la iniciativa en promover una profunda transformación social, pero este cambio no se justificó con una reflexión sobre la legitimidad del matrimonio igualitario, sino con malabarismos legales y finalmente con la formula liberal de la igualdad de derechos. La ausencia de una reflexión moral tiene que ver con la neutralidad moral del Estado liberal que permite a los ciudadanos escoger su propia definición de la felicidad, en lugar de promover un proyecto de vida común basado en un consenso moral.
La adopción del matrimonio igualitario, en estos dos países andinos, contrasta con la forma en que se produjo esta transformación en Francia. En Francia, en 2013, hubo un debate público apasionado en que las dos posturas se enfrentaron con argumentos de fondo. Los que apoyaban el matrimonio igualitario esgrimieron no solo la tesis liberal de la igualdad de derechos, sino también el rol estabilizador del vínculo matrimonial en la sociedad. Los que estaban en contra invocaron no solo argumentos religiosos que vinculaban el matrimonio a la procreación, sino también cuestionaron porque los gays quisieran hacer algo tan burgués y heterosexual como casarse y formar una familia. El debate, en otras palabras, reflejó el desgaste del matrimonio en Francia. Otros criticaron que las demandas sociales gay reforzaran una sociedad escindida que estaba erosionando la fraternidad republicana. La confrontación de ideas fue tan fuerte que la ley a favor del matrimonio igualitario fue finalmente aprobada por un estrecho margen en el Senado. Si bien el contexto francés es obviamente muy distinto al ecuatoriano, es saludable para una comunidad política que las transformaciones sociales se generen mediante el debate público y la expresión de la voluntad popular vía legislación o referéndum.
Otra dimensión problemática de la aprobación del matrimonio gay en Ecuador es que se sustentó en una opinión consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Con base en la pirámide de Kelsen se dio prioridad a los tratados internacionales vis a vis la legislación nacional e implícitamente se invocó el riesgo de una sanción internacional por el incumplimiento de instrumentos internacionales. Si bien la pirámide de Kelsen opera en un mundo globalizado como una norma internacional, no debe sustituir a la formación de un consenso moral en la comunidad nacional o la expresión de la voluntad colectiva. Al igual que un fallo sustentado en el minimalismo moral liberal o simplemente en el positivismo jurídico, recurrir a la pirámide de Kelsen despolitiza temas que son por naturaleza políticos.
Carlos Espinosa es profesor/investigador de Historia y Relaciones Internacionales en la USFQ.
*Esto fue un elemento distrator.*
Ni el grupo GLBTIQKXYZ ni nosotros los demás ciudadanos del matrimonio igualitario no comemos.
Lo que en verdad importa, es que cada vez hay más desempleo.
Primero preocupemonos porque todos seamos solventes y ya con plata en el bolsillo que cada quien haga de su vida un florero.
Los moralistas siempre tienen “argumentos” que buscan la opinión pública para sonsacar sus propios ideales de normalidad.
No se dan cuenta que se está luchando por igualdad y derechos incluso para ellos mismo en su círculo familiar y social. Piensan que no existen personas del colectivo LGBTI en sus propios hogares tienen la idea errónea de que a ellos no les va a suceder simplemente por tener el nombre de Dios en sus bocas.
Quisiera saber que respuesta tendrían éstas personas cuando sus hijos les digan que son homosexuales y que han luchando para invisibilizar a su propia familia.
No solo se trata del matrimonio si no de discriminación, por simple lógica no se puede poner a disposición o decisión los derechos de una minoría, siempre se votaría teniendo en cuenta sus propios intereses y asi las minorías nunca tendrían libertad ni derechos.
La falta de empatía y el discurso hipócrita de moral siempre estará presente en las personas con una persepcion errónea de justicia e igualdad.
Si los derechos de las personas diferentes fuese objeto de debate, al día de hoy las mujeres no podrían votar, trabajar, ni tener decisión propia, los negros todavía serían robados, abusados y vistos como una especie inferior, sin nombrar los logros de las demás minorías como los indígenas, las personas con capacidades diferentes, y todas las personas que por cualquier motivo se salen de la”norma social”.
Ésta decisión que aunque se haya basado en la prevención por violación de derechos humanos internacionales, es un paso importantísimo en materia de igualdad en nuestro país.
Es contradictorio hablar de legitimidad en el Ecuador cuando ni la constitución tuvo clara su legitimidad, estamos ante un gobierno de dudosa legitimidad, un Consejo de Participación Ciudadana de dusosa legitimidad por que responden a una minoría y una corte constitucional que decide el destino de un país en función de 4 “sabios” que trabajan para sí y para sus iguales. Legítimo es el discurso de Michelena que adopta una postura de crítica sin vender su conciencia, eso es legitimidad, aunque no conste en la Ley.
Para reír, en el foro se habla de “valores morales arraigados” qué valores? el machismo? femicidios? abuso y abandono de niños? proxenetismo? pedofilia? preñez de niñas?…..con esos “valores”arraigados, todavía habría la esclavitud, la negación del voto a la mujer…Escuché a la señorita lesbiana en el noticiero de televisión, defendiendo sus derechos, que mujer tan caliente, inteligente e íntegra!!! Ciudadanas como ella deberían ser altas funcionarias públicas y no politiqueros de tercera o sotanudos ignorantes quema brujas.
La Corte Constitucional nos quiere imponer el “matrimonio igualitario”, lo cual es una falta de respeto a la sociedad ecuatoriana, pues no hubo debate ni consulta previa. Tenemos derecho a expresar nuestra opinión, a presentar argumentos a favor o en contra. Sin embargo, por lo visto, no contamos con autoridades que garanticen el derecho a la libertad de expresión de la ciudadanía.
Felicitaciones estimado Carlos ninguna norma Internacional debería estar por ensima de una sociedad con valores morales arraigados como lo están en nuestro bello Ecuador, se debió someter a debates internos y no apresurarse cinco iluminados a declarar un dictamen sin consultar a la mayoría de los ecuatorianos. ME LLENA DE ALEGRÍA SABER QUE TODAVIA HAY PERIODISTAS CON ÉTICA Y VALORES MORALES.
Y para cuándo según ustedes debe estar preparada?. Se declaran demócratas pues acepten las diferencias. Creo que lo inconstitucional es el matrimonio cuando vemos que las uniones libres con todos su cortos defectos resultan la mejor convivencia entre iguales o desiguales entre ellos/as se reparten los bienes, pueden separarse cuando quieran, tener o no tener hijos, adoptarlos, etc. Lo único importante es que los hijos procreados juntos deben llevar el apellido paterno o materno o sea la identidad básica, su derecho a la salud, la educación, el buen trato, etc. El matrimonio suscrito ante el Estado es el que está demás.
Marco, esta columna tiene la firma de Carlos Espinosa. El sitio respeta, como es obvio, el punto de vista de sus columnistas, pero (en cualquier tema) no forzosamente lo comparte. Cordial saludo. jh
Me pregunto si su argumento de legitimidad democrática y consulta popular aplica para al abolición de la esclavitud.
Por supuesto, incluso en EU hubo una gran guerra interna entre Estados de norte y sur para dirimir la cuestión. Algo tan universal y delicado no se resuelve entre cinco. No obstante, su comparación no cabe, ya que la libertad de las personas constituye un derecho inherente, el matrimonio no.
Más argumentos para los aficionados a fisgonear, morbosear (con) y reglamentar la entrepierna de los demás.
El argumento cansino de la comparación con la esclavitud se desmorona por sí sólo. Primeramente es atroz la comparación. Luego, para abolir la esclavitud, sí se procedió se manera “democrática”, a través de enmiendas constitucionales que pasaron por House of Commons y el Senado, por citar dos ejemplos. Es decir, la enmienda sí reflejó el deseo de la mayoría. Finalmente, si se hubiese hecho por referéndum, los esclavos no hubiesen podido votar, como sí sería el caso de los grupos LGBTI y quiénes les apoyan.
Totalmente de acuerdo contigo, estimado Carlos. Creo que por muy de avanzada que parezca esta interpretación judicial, la sociedad ecuatoriana aún no está preparada para asumirla de verdad. Somos noveleros. Se requería de mayor debate para que cuaje esto en el país.