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El tema minero se volvió un polvorín

lectura de 7 minutos

¿Dónde se podrá tener actividad minera y dónde no? El presidente de la República anunció el 24 de mayo que el mapa minero será presentado en agosto. 20 días antes, Carlos Pérez, ministro de Energía y Recursos Naturales no Renovables, había dicho que ese documento estaba listo, que había que hacerle una revisión que tomaría una o dos semanas. Es claro que el gobierno se ha tomado más tiempo para establecer, según el ministro, las reglas de juego de uno de los temas más espinosos del cuatrienio de Lenín Moreno.

La minería, y la gran minería, ha generado focos de tensión y enfrentamientos entre comunidades y las mineras. Hay proyectos paralizados (Quimsacocha, San Carlos-Panantza, Río Blanco…), hay enfrentamientos, una consulta que ha dicho no a la minería en Girón y la promesa de acciones de resistencia por parte de las comunidades indígenas. El gobierno, sin plata, ha visto en la minería una fuente de ingresos. Algunos promineros barajan en ese campo cifras de un optimismo sospechoso: han evocado el caso de la mina Cascabel donde, según ellos, hay reservas de oro por 45 mil millones de dólares.

El gobierno, en medio de esas presiones, ha recurrido por lo pronto a la zanahoria y al garrote. El Presidente y su ministro Pérez han dicho que no se tocarán las fuentes de agua, coincidiendo en esto, con las tesis de Yaku Pérez y Cléver Jiménez, prefectos de Azuay y Zamora Chinchipe que animan el frente de resistencia. Al mismo tiempo, el Presidente ha pedido a la Corte Constitucional no parar proyecto alguno y, en caso de hacerlo, consultar al pueblo de dónde saldrán los recursos para pagar una eventual indemnización y reponer en el presupuesto los recursos que se perderían. El Presidente ha dicho que 2000 millones de dólares de los 3800 millones de dólares que piensa captar hasta el 2021, fueron recibidos por el gobierno de Rafael Correa.

El juego de fuerzas está lejos de ser un simple problema político. En la Constitución hay argumentos para cada uno de los actores involucrados. Los promineros a ultranza usan la Constitución, como lo ha hecho Santiago Yépez, presidente de la Cámara de Minería, para afirmar que el interés del país (explotar minas según él), está por encima de los deseos de una comunidad. Concretamente, Yépez se opone a que se dé paso a consultas y espera que la Corte Constitucional las declare inconstitucionales.

Las consultas son constitucionales y sí son vinculantes (artículo 106). Es verdad, no obstante, que la Constitución de Montecristi no zanjó este tema de las consultas previas en favor de las comunidades. El artículo 57 dice que “si no se obtuviese el consentimiento de la comunidad consultada, se procederá conforme a la Constitución y la ley”. El artículo 398 hace lo mismo pues afirma que “si del referido proceso de consulta resulta una oposición mayoritaria de la comunidad respectiva, la decisión de ejecutar o no el proceso será adoptada por resolución debidamente motivada de la instancia administrativa superior de acuerdo con la ley”. ¿Quién es esa “instancia administrativa superior”? La Ley de Minería, en su artículo 98, responde: el ministro sectorial. Un punto, entonces, para los promineros.

Sin embargo, la misma Constitución contiene decenas de artículos que ubican el agua por delante del interés minero o energético. “La soberanía energética no se alcanzará en detrimento de la soberanía alimentaria ni afectará el derecho al agua” (artículo 15).  En cuanto al aprovechamiento del agua en las actividades mineras el artículo 110 dice que  “se respetará estrictamente el orden de prelación que establece la Constitución; es decir, consumo humano, riego que garantice la soberanía alimentaria, caudal ecológico y actividades productivas”.

En cuanto a la sustentabilidad de los ecosistemas el artículo 411 señala: “El Estado garantizará la conservación, recuperación y manejo integral de los recursos hídricos, cuencas hidrográficas y caudales ecológicos asociados al ciclo hidrológico”. La Ley Minera prohibe descarga de desechos de escombros o desechos no tratado hacia ríos, quebradas, lagunas… (artículo 81) o afectaciones de recursos hídricos a causa de actividades mineras, lo cual implica caducidad por daño ambiental (artículo 115).

La Constitución incluye, además, la obligación que tiene el Estado de asegurar la intangibilidad de las áreas naturales protegidas para garantizar, de esa manera, la conservación de la biodiversidad (artículo 397), y la prohibición de actividad extractivas en zonas declaradas como intangibles (artículo 407).  Todos los artículos señalados son ejemplos: la Constitución o la legislación es exhaustiva y da prelación a las fuentes de agua y a la intangibilidad de las áreas naturales protegidas. Puntos innegables para los ambientalistas que reiteran el carácter vinculante de la consulta hecha en Girón.

El gobierno tiene el sartén por el mango. Pero luce sentado entre dos sillas: tiene la obligación de consultar a las comunidades y, si hay consultas vinculantes, de operar la decisión. De no hacerlo, puede resultarle social y políticamente explosivo. Dos hechos pueden agravar su dilema: se ha mostrado incapaz de controlar fenómenos heredados de minería ilegal y delincuencial, como es el caso en Buenos Aires, en Imbabura. Y la Corte Constitucional, con su fallo sobre el matrimonio igualitario, mostró que está presta a sumar, en el bloque constitucional de derechos, los fallos y la jurisprudencia de Cortes internacionales emitidos dentro de los tratados firmados por el país. Muchos de ellos son favorables a los ambientalistas porque, en la realidad, no hay ejemplos felices de minería metálica y los promineros evitan hablar de ello.

El tema minero se volvió un rompecabezas para el país. Ningún actor tiene jurídica y políticamente todas las piezas a su favor. Y aunque el gobierno y los ambientalistas hablen de proteger las fuentes de agua y combatir la minería ilegal grande o pequeña (se antojan puntos de partida para un posible y necesario acuerdo) no se avizora escenario alguno en esa dirección. Y el mapa minero ya está en camino en un terreno que bien parece un polvorín.

Foto: Ministerio de Energía y Recursos No Renovables.

9 Comments

  1. Una solución salomónica sería hacer lo que hizo el estado de Wisconsin, EEUU, en 1998. No prohibió la minería. Lo que hizo es, a través de la ley s.293.50, poner entre los requisitos para abrir cualquier mina nueva que el aplicante presente un ejemplo -uno solo- de una mina en EEUU o Canadá que durante diez años de operación no haya causado contaminación significativa de aguas subterráneas o superficiales, y un ejemplo -solo uno- de una mina que no haya causado estos daños dentro de los 10 siguientes años a su cierre. Es decir, le pedían a la industria minera que se haga cargo de lo que asevera en su propaganda de responsabilidad, teconología de punta y sustentabilidad.

    Este requisito, que parecería básico y, a la luz de las certeza con que hablan los voceros de la industria minera sobre su inocuidad, fácil de cumplir, en la práctica significó que en Wisconsin no se abrió una sola mina durante veinte años.

    En 2017, bajo el nuevo clima trumpista, el senado reformó la ley quitando el requisito. El argumento, que los mineros esgrimieron con indignación, fue que el requerimiento era en realidad una prohibición maquillada a la minería. No vamos a dañar el agua con nuestras actividades, pero que no nos pidan un ejemplo concreto de alguien que haya realizado esas actividades sin dañarla.

  2. THE NEW YORK TIMES.
    Un plan de explotación minera en áreas silvestres estaba detenido, hasta que Trump se volvió presidente
    Un controversial proyecto minero en Estados Unidos está bajo escrutinio.
    ELY, Minnesota — En los últimos meses del gobierno de Barack Obama, un conglomerado chileno estaba perdiendo una disputa con el gobierno de Estados Unidos sobre el proyecto de construcción de una mina de cobre cerca de una zona silvestre en Minnesota.
    La elección de Donald Trump como presidente, y su inclinación hacia los negocios, resultó ser una gran ayuda para la iniciativa.
    En un análisis de 2016, Thomas Tidwell, entonces jefe del Servicio Forestal de Estados Unidos, advirtió sobre los riesgos que presentaba la mina propuesta por Twin Metals para las aguas fronterizas, incluida la filtración de metales dañinos. La minería, concluyó, podría producir un “daño grave e irreparable en esa área silvestre única, icónica e irremplazable”.

  3. Buen día.
    Y ya la Corte Constitucional le cerró las puertas a otras consultas antimineras.
    Los únicos beneficiados con la minería serán los políticos y empresarios que lleven comisiones. Y los “inversionistas”, claro.
    Para el resto, “naranjillas”.

  4. Su accionar en este tema se lo ha visto por demás parcializado a favor de los enemigos de los mineros
    Toda su vida se ha caracterizado por su objetividad señor Hernandez
    No es el agua o el oro es es la gran mentira
    Vea el monólogo preparado por usted para yaku Pérez
    Él dice tantas mentiras y usted lo secunda prácticamente en todo
    Saludos

  5. La lucidez en este tema tan controversial de Yaku , tiene mucho valor porque sus argumentos se basan en pruebas científicas ,económicas e históricas de lo inconveniente de la minería a cualquier escala, debo decir que no estaban cargadas de ideologías .Escapa con habilidad pasmosa ante las palabras puestas en su boca de uno de los entrevistadores a saber” hay que sacarlos,habría que vaciar eso” respecto de los mineros ilegales en buenos aires provincia de imbabura. Habló de reparaciones ambientales con un costo mucho más alto que los beneficios que se obtengan en la posibilidad de darse en el país ese tipo de explotación minera, y lo caracterizó con un ejemplo citando al daño hecho por Chebron en la amazonía. Las estrategias para convencernos de las ventajas para el país de la explotación minera se han puesto en marcha: “vamos a salir de pobres,más fuentes de empleo” y de las otras que son por demás conocidas,me refiero a que los ambientalistas son:”embusteros,mala leche,antiprogreso,resentidos sociales,etc.” es decir, una artillería para desprestigiarlos. Por mi parte no quiero acudir a la muerte de ningún río,ni a todo lo que significa. Mi gratitud a 4p por tan valioso aporte a entender mejor este tema.

  6. Todo por un concepto estúpido que nos viene desde la colonia: que el Estado es el “dueño” de los recursos del subsuelo. No debe ser así. Los recursos del subsuelo son de los dueños del suelo, que pueden ser individuos o colectividades. Y solo ellos deberían decidir si la minería va o no va. Este el cambio que debería hacerse en la Constitución.

    • Así es, Franklin, tiene toda la razón. Y de hecho, este modelo colonial en nuestra región es único en el mundo! En todo el resto es diferente…

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