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¿Aborto por violación sin plazos?

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La Comisión de Justicia de la Asamblea Nacional aprobó el texto del artículo 19 del proyecto de Ley Orgánica para Garantizar el Derecho a la Interrupción Voluntaria del Embarazo en Caso de Violación. En él se establece que las mujeres mayores de 18 años víctimas de violación podrán solicitar la interrupción del embarazo hasta la semana 28 y las niñas y adolescentes menores de 18 años lo podrán hacer en cualquier momento de la gestación sin límite temporal.

Como antecedente, el 28 de abril de 2021, la Corte Constitucional declaró la inconstitucionalidad por el fondo del artículo 150 número 2 del Código Orgánico Integral Penal en la frase “en una mujer que padezca discapacidad mental” y, en consecuencia, estableció que el aborto por violación no era punible en ningún caso. En su fallo, la Corte Constitucional dejó claro que la protección de la vida desde la concepción es gradual e incremental según el desarrollo del nasciturus, por lo que la interrupción voluntaria del embarazo en casos de violación “incluye la necesidad de fijación de un tiempo máximo de gestación permitido”, disposición que ha sido obviada por la Comisión de Justicia de la Asamblea Nacional.

Los defensores del texto propuesto por la Comisión de Justicia señalan que las causales de aborto no punible previstas en el COIP no incluyen plazos y, en consecuencia, al tratarse de un supuesto específico como es el caso del aborto por violación no se deben incluir límites temporales, ya que no corresponde al derecho penal hacer la valoración respectiva, sino a los profesionales de la salud. Ellos tienen que decidir y valorar cómo interrumpir el embarazo en caso de violación, sobre todo en menores de edad cuya vida puede estar en riesgo mientras más avanza el embarazo.

Adicionalmente, indican que, debido a la realidad que viven muchas mujeres, es muy difícil, sobre todo para las menores de 18 años, detectar su embarazo hasta que este se encuentra muy avanzado, por lo que imponer límites temporales –especialmente unos muy cortos- haría inaplicable el acceso de estas mujeres a la interrupción de su embarazo.

Estos argumentos pierden fuerza cuando se procede a un análisis más exhaustivo del tema. La legislación no tipifica como delito el aborto cuando se practica para evitar un peligro para la vida o salud de la mujer embarazada, por lo que si la vida de la mujer, adolescente o niña corre peligro durante la gestación ésta puede ser interrumpida en cualquier momento sin que eso sea considerado como un delito, independientemente de si la gestación fue producto de una violación o no. Asimismo, el texto propuesto por la Comisión de Justicia no señala qué sucede si una mujer embarazada de 27 semanas –cuando algunos fetos ya son viables– solicita la interrupción del embarazo sin que exista riesgo para la salud de la madre o el niño. ¿Se inducirá el parto prematuro de la mujer poniendo en riesgo la vida del nasciturus? ¿Cuál es el destino del recién nacido en caso de que se interrumpa el embarazo en los últimos meses de gestación?

Las preguntas anteriores no pueden quedar sin respuesta. Las legislaciones en general, salvo casos muy puntuales, establecen plazos para que las mujeres puedan ejercer su derecho de interrumpir el embarazo. En los casos de violación, principalmente cuando se trata de menores de edad, estos plazos pueden ser más amplios para garantizar y proteger sus derechos, pero no establecer plazos o imponer unos sumamente amplios supone una contradicción con principios éticos y es un claro desacato al fallo de la Corte Constitucional. Habrá que esperar si el pleno de la Asamblea Nacional corrige el entuerto provocado por la Comisión de Justicia y establece unos límites razonables para interrumpir el embarazo.

En general, todos los derechos tienen límites, más aún en este caso en el que se trata de la vida de un niño que está por nacer, por lo que, aun reconociendo el derecho que tienen las mujeres a interrumpir el embarazo en caso de violación, resulta imposible apoyar el texto propuesto por la Comisión de Justicia tal como ha sido aprobado.

Ricardo Flores es abogado. 

10 Comments

  1. Totalmente de acuerdo con el articulo, no puede ser posible que cuando la niña o mujer no pueda denunciar a sus agresores por los traumas que deja este tipo de situaciones, el violador no tenga sentencia y el caso quede en el aire.

  2. Se deben establecer plazos y debe ser obligatorio denunciar a los violadores y, si las niñas o mujeres no pueden hacerlo, buscar personas que les ayuden a realizarlo y es algo que debe parar y dejar que la persona que a sido abusada sexualmente tenga derecho a realizarse un aborto en caso de no querer tener un bebe por cauda de una violación pero también algunas personas pueden tener a ese bebe sin ningún problema o en algunos casos darlos en adopción y para concluir las personas que han sido violadas si deben tener su derecho a ver si aborta o no y no poner limites de tiempo sino cuando cada una de ellas lo decida.

  3. José he leído atentamente todos los comentarios relacionados a aborto por violación, le invito a leer e investigar sobre el caso NORMA, el único caso en Corte IDH de Ecuador sobre violación, embarazo y consecuencias sobre el Estado que olvida sobre todo a las niñas madres. Más de 3000 niñas en Ecuador con embarazos entre 9 y 14 años. La violación es un delito y que hace una niña de9, 10, 11, 12 o simplemente menor de edad? No tienen voz para la denuncia y muchas de ellas sigue conviviendo una vida de terror con sus violadores que generalmente se encuentran en su círculo vital. No saben que es un delito. Muchas de ellas se encuentra en las lejanías de lo rural. Nunca reciben un control de salud, exactamente para detectar un embarazo. Apenas el sistema de salud se entera del embarazo cuando están ya para parir. Osea la Asamblea les queda corta a la realidad. Le invito a que revise el caso del niño asesinado por su madre a golpes y negligencia. Cuando el caso se indaga a uno solo le da frustración ya que la madre fue violada por su padre y claro descargo su odio y terror en su pequeño fruto de ese incesto. Aquí los únicos que siguen ganando son los violadores ante una Asamblea populista, falsamente moral y anacrónica a los derechos de las niñas y mujeres. Solo por poner más sal en la llaga le invito a leer estos casos y a exponerlos y a clarificarlos si seguimos sin una Asamblea que cumpla con su responsabilidad histórica de reparar en algo el proyecto de vida de las mujeres y en especial de las niñas madres. Aún mucho que aprender.

  4. Sí, la corte constitucional dijo que se debía establecer plazos y es lo que los asambleístas decidieron: 7 meses. No sé por qué se escandalizan cuando ustedes mismo promueven estas cosas como grandes verdades y como el non plus ultra de la modernidad; de pronto, el derecho a decidir sobre su propio cuerpo hay que limitarlo y el grupo de células se convirtió en un “niño” por nacer. No sé si se percatan de sus contradicciones, o consideran que porque ustedes opinan están bien. Les dieron una cucharada de su propia medicina y me alegro, aunque esto a ustedes no les lleve a ninguna reflexión.

  5. Así es , como propuesto resulta una aberración ; solo pensemos , un aborto a los nueve meses de gestación !!!!!!!!!!! Quien puede haber propuesto y aprobado esto ???????? Qué les pasa a estos Srs asambleístas ????????

  6. Estimado Doctor Flores, permítame agregar lo siguiente:

    ES JUSTO QUE ES JUSTO QUE UNA MUJER VIOLADA, QUE QUEDÓ EMBARAZADA COMO CONSECUENCIA DEL DELITO, SEA OBLIGADA A SER RESPONSABLE DE ESA CRIATURA? La repuesta es NO. Pero eso no significa que el aborto sea la única opción posible. La mujer podría decidir seguir con su embarazo sea para criar al niño, sea para darlo en adopción. Además, me parece que en estos últimos 30 años, ninguna mujer ha ido a prisión por haber abortado, aunque sí ha habido casos en los que ha imputado a una mujer por el delito de aborto. Entonces, porque la obsesión de las activistas y sus acólitos con el aborto por violación?

    HAY UNA SENTENCIA QUE DICE QUE SE DEBE DESPENALIZAR EL ABORTO POR VIOLACIÓN, Y, SE DEBE DEFINIR UN PLAZO RACIONAL: Pero porque las activistas y sus acólitos están contentos con los plazos desquiciados propuestos en la asamblea? Veamos, la medicina nos dice que 1 de cada 8 embarazos, sufren un aborto natural en las primeras 12 semanas. Supongo que por este motivo, todas las legislaciones racionales, optan por este plazo, para autorizar un aborto inducido que no tenga que ver con un problema médico. Pero las activistas, con argumentos deleznables, exigen más plazo, por qué?

    A MAYOR PLAZO, MAYOR DESARROLLO DEL FETO, ENTONCES, EN EL FONDO LAS ACTIVISTAS QUIEREN UNA VENTA DE TEJIDOS U ORGANOS COMO OCURRE EN OTROS PAÍSES? En la 4 semana el cigoto ya se llama embrión. En la 5 semana se desarrolla el corazón. En la 6 aparecen los ojos y una primitiva columna vertebral. En la 7, comienzan a aparecer un esbozo de brazos y piernas. En la 8 ya se llama feto, y, aparecen los órganos sexuales internos. En la 9, el feto ya parece un pequeño humano. En la 10, los órganos principales ya están en su sitio. En la 11, el feto puede tragar, bostezar, y, succionar. En la 12, ya están formados los órganos sexuales externos. En fin, cada semana se forma o se consolida algo. Es evidente, que un feto de 12 semanas no es muy útil para vender sus partes ni tejidos. Acaso, este es el verdadero objetivo de las activistas?

    QUE PASA CON LA DENUNCIA DE VIOLACION?: Por elemental sentido común, un violador debe ser juzgado y apresado. Hay cientos de testimonios de mujeres, que dicen que el proceso judicial para juzgar una violación, es sumamente engorroso. Pero, por qué ninguna activista propone algún proyecto real para reformar y agilitar este proceso? Por qué solo pelean por el aborto?

    En fin, la actitud de las activistas y sus acólitos, en la práctica nos demuestran, que al final del día, parece que no defienden a las mujeres que dicen defender, sino que todo gira alrededor del aborto.

    No se si publiqué esto. No está obligado a hacerlo, más aún luego de mi comentario no publicado sobre su artículo “Los adolescentes y las relaciones sexuales”. Admito que estuvo fuerte. Pero la mayor parte de comentarios de otras personas, no compartían su criterio, por razones parecidas a mi opinión no publicada. El punto es, que todos podemos creer y luchar por una causa que consideramos justa. Pero si esa lucha, no se asienta en hechos y realidades, no sirve de nada. Por lo que leo en este artículo, parece que sus amigas activistas, con su actitud en cuanto a los plazos del aborto por violación, acaban de decepcionarlo. La realidad, siempre demuestra que no se pueden promover cambios para bien en la sociedad, sobre ideas sin sentido, ideologías fracasadas, y, formas corruptas.

  7. Totalmente de acuerdo con Usted, hay que establecer plazos y volver mandatoria la denuncia al violador, si la niña o mujer no puede hacerlo deberian las organizaciones de la sociedad civil como los grupos feministas (que tanto han promovido esa norma) o los grupos de derechos humanos o el estado perseguir con todo el rigor de la ley a los violadores y eso lo digo como padre de una mujer. Eso evitaria los casos pateticos donde el violador, que a veces es familiar de la niña violada pueda acompañarla y promover el aborto y perpetuar de esa manera el abuso sexual.

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